Desde hoy ya no son necesarias las mascarillas en el transporte público. El Boletín Oficial del Estado ha publicado la nueva norma que regula su uso desde hoy y limita la imposición de ésta a centros sanitarios, residencias y farmacias.
La nueva norma es la modificación del Real Decreto de 19 de abril de 2022. Y recoge que «se mantiene la obligatoriedad del uso de mascarilla en los centros y servicios sanitarios, en las oficinas de farmacia y en botiquines, puesto que son ámbitos donde puede haber una mayor concentración de personas vulnerables en las que el riesgo de enfermedad grave es mayor y, por otro lado, en los que la probabilidad de transmisión es más alta, ya que son lugares donde puede haber mayor número de personas con infecciones respiratorias transmisibles, además de la Covid-19″.
Por lo que estipula que «se mantiene la obligatoriedad para las personas trabajadoras y visitantes«. Mientras que no se impondrá su uso a los residentes: «Dado que constituye el domicilio de las personas que allí residen, el uso permanente de la mascarilla afectaría al bienestar de estas personas, valorándose, además, que las personas que se encuentran dentro de la institución no son la fuente de infección, a diferencia de las personas que trabajan en ellas y los visitantes en contacto con el exterior, que pueden ser los agentes que introduzcan el virus».
Ya no son necesarias las mascarillas en el transporte público. No será obligatorio en ópticas ni ortopedia por ser establecimientos comerciales, no sanitarios.
Se mantendrá en todos los espacios considerados sanitarios y sociosanitarios. De esta forma, habrá que tener una mascarilla siempre a mano para acudir al médico en el centro de salud, al hospital, al ‘fisio’ y a la farmacia.