El TSJC tumba la ampliación del horario en el ocio nocturno. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha suspendido el acuerdo del Gobierno Autonómico del 16 de septiembre. En él se le autorizaba la ampliación del horario del ocio nocturno.
La Sala Segunda de lo Contencioso Administrativo del TSJC de Santa Cruz de Tenerife concede a la administración de la comunidad autónoma un plazo de 3 días, a partir de la notificación del auto, para que formule las alegaciones que considere oportunas.
Hasta la fecha, el ocio nocturno podía mantener sus puertas abiertas hasta las 4 de la mañana en las islas en nivel 1 y 2, y hasta las 3 en los territorios en nivel 3 de alerta sanitaria, como es Fuerteventura.
Ahora que el TSJC tumba la ampliación del horario en el ocio nocturno, esta medida era extensiva a bares de copas, discotecas y karaokes siempre y cuando, de manera voluntaria, estos locales solicitasen el certificado de vacunación contra la COVID19 o una prueba diagnóstica con resultado negativo.