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¿Qué implica volver a Nivel 1 en Fuerteventura?

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Fuerteventura baja a Nivel 1 hasta el 28 de febrero


Nivel de alerta 1 (La Palma, La Gomera, El Hierro y Fuerteventura)
Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno. No se limita la libertad de circulación de las personas en horario nocturno.
Aforo entre no convivientes en espacios públicos y privados. Se limita la permanencia de grupos de personas a un máximo de 10 personas, salvo en el caso de convivientes, entendiéndose como tales a las personas que residen bajo el mismo techo. En el caso de que el grupo incluya tanto a personas convivientes como no convivientes, el grupo no excederá de 10 personas.
Medidas específicas para actividad de hostelería, restauración y terrazas, bares y cafeterías. Se reduce el número de comensales por mesa a 10 personas y el cierre al público antes de la 01.00 horas. El aforo máximo en terraza no puede superar el 100% permitido y el 75% en interior, con un máximo autorizado de 4 personas en barra, con distancia de seguridad entre ellas de 2 metro.
En las terrazas u otros espacios al aire libre dependientes del establecimiento quedan prohibida las actividades que propicien no mantener la distancia de seguridad interpersonal o no usar mascarillas, tales como bailes, karaokes, etcétera.
Práctica deportiva. Para las actividades colectivas en las zonas interiores de instalaciones y centros deportivos en las que no sea posible mantener la distancia de seguridad de 2 metros permanentemente, se permite un número máximo de 10 personas por grupo, incluido el monitor. Además, se garantizará la distancia de seguridad de 2 m entre los distintos grupos en todo momento. No se superará el 75% del aforo para cada una de las estancias y centros deportivos.
 
Para las actividades colectivas al aire libre en las que no sea posible mantener la distancia de seguridad de 2 metros permanentemente, se permite un número máximo de 10 personas por grupo, incluido el monitor.
Se permite la actividad deportiva federada no profesional en modalidades con más de 10 personas superar hasta el máximo necesario para el desarrollo de la actividad.
Transporte público. Se reforzará la vigilancia de los medios de transporte terrestres urbanos en las horas punta para evitar aglomeraciones. En las horas punta se evitará hacer uso del transporte público para desplazamientos no esenciales o aplazables. Se recomienda aumentar la frecuencia de horarios del transporte público, garantizando una adecuada ventilación y el cumplimiento de las medidas de prevención, que incluye no comer ni beber y hacer un uso correcto de la mascarilla.

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