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    ¿Qué cambios introduce la reforma laboral?

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    La reforma -finalmente no habrá derogación- de la reforma laboral, sacada adelante prácticamente sobre la bocina tras el acuerdo entre los agentes sociales el pasado 23 de diciembre, ha sido aprobada este jueves en el Congreso por un solo voto. Ha sido un mes de declaraciones cruzadas en el que han recibido críticas prácticamente todos los implicados por las concesiones hechas al otro lado.

    En cualquier caso, llegarán unos cambios que afectarán al tejido productivo del país. La vicepresidenta segunda del Gobierno y Ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, abandonó la retórica de la derogación y celebró lo que considera «una nueva legislación laboral que recupera derechos en favor del trabajo decente». Ésta, aseguraba al poco de conocerse el acuerdo, nos acerca a Europa «en materia de estabilidad y seguridad en el empleo».

    ¿POR QUÉ NO SE PUEDE HABLAR DE DEROGACIÓN?

    Desde un punto de vista semántico, porque es lo que acordaron PSOE y Unidas Podemos. Los segundos, mucho más combativos, aceptaron que era compatible hablar de derogación a pesar de que únicamente se modificarían algunos aspectos. En el texto enviado a Bruselas se habla de una «revisión de los desequilibrios».

    En lo que respecta al documento, porque hay cambios, pero se mantienen muchos de los aspectos de la reforma laboral. Y algunos de ellos, como es el caso de la indemnización por despido, son de los que fueron más criticados. Con la nueva normativa continúa el pago de 20 días por año trabajado en el caso de los despidos objetivos, en lugar de los 33 anteriores. En el caso de los improcedentes, también se redujo la indemnización: de 45 días pasó a los 33 actuales y el máximo de mensualidades bajó de 42 a 24.

    En este sentido, tampoco volvieron los salarios de tramitación que se llevó la reforma de 2012. Hasta entonces, en el caso de despido improcedente el empleado tenía derecho a cobrar los salarios que había dejado de cobrar desde su salida de la empresa hasta la fecha de la sentencia.

    En 2012, cuando el PSOE lideraba la oposición, tildó la reforma de «decretazo» y advirtió de que serviría para abaratar el despido. Este aspecto también ha sido muy criticado por socios del Gobierno, como ERC o EH Bildu, y por los sindicatos. En opinión de Gabriel Rufián, la norma es una «estafa» y «sólo un retoque». «La pregunta no es por qué ERC no acepta la reforma laboral, sino por qué la aceptan PSOE y Unidas Podemos junto a Ciudadanos, la CEOE y la FAES».

    ¿QUÉ OCURRE CON LA ULTRAACTIVIDAD?

    La ultraactividad, gran protagonista de las protestas del sector del metal en Cádiz, aparece en el nuevo reglamento, que podría haber evitado el conflicto a finales de 2021. Si no se pacta un nuevo convenio colectivo, se prorrogará el anterior hasta que sea sustituido por el nuevo. Anteriormente había un plazo de un año de vigencia, pero ahora se hará de forma indefinida.

    Por otro lado, el convenio sectorial primará sobre el de la empresa en salarios y jornada laboral. El de las compañías podrá regular otros aspectos, en cualquier caso, pero no se podrá imponer en esos dos. Díaz celebró esta medida con la que se acaba «con la lógica de la devaluación salarial impuesta por el PP y apostamos por una política de rentas basada en la prosperidad compartida». También se garantiza la aplicación del convenio sectorial para las personas subcontratadas.

    ¿CUÁLES SON LOS CAMBIOS EN TEMPORALIDAD?

    El contrato indefinido «será la norma y nunca más la excepción», según Díaz, con el fin de reducir la temporalidad, un aspecto que la vicepresidenta criticó desde la formación del Gobierno. Se ha planteado que se reduzca el periodo durante el que se pueden encadenar estos contratos antes de que el trabajador pase a ser considerado indefinido (de 24 meses en un periodo de 30 a 18 en un periodo de 24). Además, los contratos temporales únicamente podrán ser formativos y estructurales.

    Los primeros, como es lógico, estarán enfocados a la formación de trabajadores. Los segundos servirán para sustituir las bajas de los empleados -será necesario especificar a quién sustituye el trabajador- o para afrontar periodos concretos en los que se vea afectada la producción.

    En este caso únicamente se podrán realizar por incrementos imprevisibles de producción o por oscilación en la demanda, pero nunca durante más de seis meses o un año si el convenio del sector recoge esta posibilidad. Si el incremento es previsible -campañas agrícolas o de mayor consumo en sectores como el comercio o la hostelería- estarán limitados a un periodo máximo de 90 días no consecutivos al año y deberá informarse a los representantes sindicales de esta previsión en el último trimestre del año anterior.

    ¿Y EN FORMACIÓN?

    Los contratos de formación serán de dos tipos, inspirados en el modelo alemán: alternancia y prácticas. El de alternancia estará dirigido a la formación dual, un concepto cada vez más extendido que desde algunos sectores se ve como la solución a la falta de mano de obra. Estará destinado únicamente a los menores de 30 años, combinará trabajo y formación (será obligatorio que quien esté empleado bajo esta figura tenga un tutor) y el contrato no podrá ser inferior a los tres meses ni superior a los dos años.

    El contrato de prácticas dependerá en gran parte del convenio de cada sector y podrá prolongarse entre seis meses y un año de duración.

    ¿HABRÁ DESPIDOS ECONÓMICOS EN LA ADMINISTRACIÓN?

    Según adelantó la propia Yolanda Díaz, con la nueva reforma se elimina la posibilidad de despedir a los trabajadores fijos de las Administraciones Públicas por causas económicas.

    ¿CÓMO QUEDAN LOS ERTE?

    «Tras la experiencia de la pandemia, los ERTE han venido para quedarse», explicó en su momento la ministra, que aseguró que «incorporamos lo aprendido y combinamos la protección social con la flexibilidad interna». Este «modelo alternativo» se contrapone, en opinión de la vicepresidenta, a la estrategia del Partido Popular durante la anterior crisis -«se afrontó con recortes salariales y despidos» y se potenciarán los expedientes de regulación temporal de empleo.

    Los nuevos ERTE estructurales se conocerán como Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo y podrán ser cíclicos y sectoriales. Los primeros tendrán una duración máxima de un año y se podrán activar cuando haya una coyuntura que así lo aconseje, como sería la pandemia. Los sectoriales también durarán un año, si bien se podrán prorrogar hasta dos veces, seis meses en cada ocasión, y estarán destinados a las empresas de sectores que consideren que sea necesario emprender una transición profesional.

     

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