Así, se deberá usar cualquier tipo de mascarilla que cubra nariz y boca, pero da preferencia a las higiénicas o quirúrgicas. Estos dos tipos son las recomendadas en personas sanas o personas contagiadas o con síntomas, respectivamente, como explica el Ministerio de Consumo.
Eso sí, hay excepciones: no será obligatorio en menores de seis años, personas con dificultades respiratorias que puedan verse agravadas por el uso de la mascarilla, cuando resulte contraindicado por otros motivos de salud justificados, discapacitados o dependientes con alteraciones de conducta que impidan su uso, desarrollo de actividades que, por su propia naturaleza, impidan su uso y el genérico “causas de fuerza mayor o situación de necesidad”.
Y, ¿qué actividades impiden su uso? La norma no es más específica en este punto, pero en el preámbulo sí pone un ejemplo: la ingesta de alimentos o bebidas. Y, eso sí, incluiría en esta excepción, por ejemplo, actores en un rodaje, cuya exención ya estaba contemplada en la orden de fase 1 que reanudó estas actividad. Sin embargo, no aclara si entre las excepciones entran determinados deportes, como correr.
Fuente: Civio
Obligatorio el uso de la mascarilla desde mañana jueves
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