El Partido Socialista (PSOE) de Fuerteventura celebra que el Gobierno de
Canarias “entre en razón, aunque tarde” e incluya a las islas no
capitalinas orientales en las beneficiarias de la bonificación en el
precio de determinados combustibles derivados del refino del petróleo.
Dicha bonificación, en el caso de Fuerteventura, entra en vigor a partir
de mañana, 1 de febrero.
Manuel Hernández, portavoz de Hacienda y Presupuestos del PSOE en el
Parlamento de Canarias, señala que “han necesitado cuatro iniciativas
parlamentarias del PSOE para que CC y PP, que votaron en contra, tomen
conciencia y extiendan la bonificación a Fuerteventura y no sólo a las
islas no capitalinas occidentales”.
A partir de mañana, 1 de febrero, repostar en Fuerteventura tendrá una
bonificación de 0,05 euros por litro.
“Finalmente el Gobierno de Canarias ha entendido que las islas no
capitalinas compartimos lastres de doble y triple insularidad que pueden
y deben ser compensadas con actuaciones como esta, que el PSOE ha
reclamado cuatro veces en el Parlamento con el incomprensible voto en
contra de CC y PP”, añade Manuel Hernández.
La Orden de 27 de enero de 2025 de la Consejería de Hacienda y
Relaciones con la Unión Europea señala que la cuantía de la bonificación
pasa de ser única para las islas en las que se aplica la bonificación, a
ser establecida trimestralmente por la persona titular de la consejería
competente en materia de hacienda, de forma individualizada para cada
una de las islas no capitalinas.
Añade que la fijación de la cuantía se realizará trimestralmente,
conforme a la evolución de los precios durante el trimestre natural
inmediato anterior, salvo para el periodo de febrero y marzo de 2025 que
se realizará con base en la evolución de los precios durante los tres
meses naturales inmediatos anteriores al mes de febrero de 2025.
Se considera que en una isla no capitalina se debe aplicar la
bonificación extraordinaria y temporal del precio de determinados
combustibles derivados del refino del petróleo, prevista en la
disposición adicional sexagésima novena de la Ley 5/2024, de 26 de
diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Canarias para 2025, cuando el precio medio de suministros de gasolina
G95 y gasóleo GOA en dicha isla no capitalina sea igual o superior en
0,05 euros al precio medio en el mismo periodo en las islas capitalinas
de los suministros de gasolina G95 y gasóleo GOA.