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    Dos autos pioneros en Canarias deniegan el cambio de sexo en el registro a dos hombres por cometer fraude de ley

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    Dos autos pioneros en Canarias han denegado el cambio de sexo registral a dos hombres que pretendían cometer fraude de Ley. Tal y como publica Canarias Ahora, el juez del juzgado de instrucción número 5 de San Bartolomé de Tirajana, Matías Martínez Gómez, entiende en que estas personas pretendían beneficiarse de medidas de “discriminación positiva”. En uno de los casos el solicitante llegó a afirmar que quería que el cambio le sirviera en unas oposiciones y en el acceso al empleo. Estas resoluciones han sido el precedente de otras como la conocida este mismo miércoles en la que un juez denegaba el cambio de sexo a un hombre que lo quería usar para un ascenso militar.

    En uno de los casos, el juez encargado del Registro Civil señala que el solicitante hace la petición obedeciendo “a un ánimo espurio” y remarca que esta conclusión se extrae “con contundencia” del hecho de que manifieste que “se siente mujer desde siempre y que no se lo haya comentado a familiares y amigos”. También cree que es “del todo incongruente y contrario” a máximas de la experiencia “que una persona que se siente mujer lo manifieste a través de la rectificación del sexo en el registro civil antes de compartirlo con familiares y allegados”. 

    Dos autos pioneros en Canarias deniegan el cambio de sexo en el registro a dos hombres por cometer fraude de ley

    El juez subraya que el solicitante nunca ha contactado con ninguna asociación de personas trans “ni ha rectificado su sexo previamente con ninguna administración pública”. “Es revelador asimismo que no conozca los requisitos previos a la Ley 4/2023 para la rectificación registral”, añade el auto, en el que se destaca también que el solicitante ha manifestado que el cambio de sexo “le beneficiará en las oposiciones y acceso al empleo”. “El hecho de que quiera conservar su actual nombre masculino es también indicativo del fraude en el que incurre, sin perjuicio de que la ley lo autorice”, agrega.

    “Procede concluir con total certeza” que no es una persona trans. Por tanto, “no es titular del derecho que trata de ejercitar”. La estimación de la solicitud conculcaría los derechos anteriormente expuestos. Además, insiste en que al carecer de la condición de persona trans, “dotar al solicitante del sexo femenino, beneficiándose de las medidas de discriminación positiva, es un resultado contrario al ordenamiento jurídico, incardinable en los términos del fraude de ley”.

    En el segundo de los casos analizados , el juez también destaca que la petición obedece “a un ánimo espurio”. Esta conclusión “se extrae con contundencia” también por el hecho de que manifieste que “se siente mujer desde siempre y que no se lo haya comentado a familiares y amigos”.  “Es del todo incongruente y contrario a máximas de la experiencia que una persona que se siente mujer lo manifieste a través de la rectificación del sexo en el registro civil antes de compartirlo con familiares y allegados”, añade también en este segundo caso. 

    Entre los datos que apunta, recoge que “tampoco ha contactado el solicitante con ninguna asociación de transexuales ni ha rectificado su sexo previamente con ninguna administración pública. Es revelador asimismo que no conozca los requisitos previos a la Ley 4/2023 para la rectificación registral”. A lo anterior añade el hecho de que “quiera cambiarse el nombre para denominarse Anarkia Gnosia, lo cual permite inferir que el objetivo del solicitante nada tiene que ver con sus sentimientos hacia la rectificación registral”.

    Es por ello que procede concluir “con total certeza” que no es una persona trans. Por tanto, “no es titular del derecho que trata de ejercitar”. “La estimación de la solicitud conculcaría los derechos anteriormente expuestos. Además, al carecer de la condición de persona trans, dotar al solicitante del sexo femenino, beneficiándose de las medidas de discriminación positiva, es un resultado contrario al ordenamiento jurídico, incardinable en los términos del fraude de ley”, insiste este segundo auto, también fechado en el mes de julio.

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