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    Claves de la ley del ‘solo sí es sí’ que aprobó hoy el Congreso

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    El Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves la ley Orgánica de Garantías Integral de la Libertad Sexual (ley del ‘sólo sí es sí’), tras un largo periplo desde que se diera el visto bueno a su anteproyecto hace ya más de dos años. «Por fin», ha afirmado la ministra de IgualdadIrene Montero, para añadir que este «es un día de victoria después de muchos de lucha».

    El consentimiento en el centro

    Lo fundamental de esta ley es el consentimiento. Hasta ahora, el ordenamiento jurídico en vigor considera agresión tan solo aquellos casos en los que se haya podido probar que la violación se produjo con fuerza o intimidación. Esto cargaba sobre los hombros de las mujeres la responsabilidad de demostrar que se habían resistido, lo cual terminaba por revictimizarlas.

    Desaparece el delito de abuso sexual

    Con esta modificación, todo acto sexual sin consentimiento será considerado una agresión (violación), lo cual lleva a la eliminación del abuso sexual del Código Penal. Se establece además un sistema de penas «progresivo y proporcional a la gravedad», que contempla horquillas más amplias.

    Cambios en las penas por agresión sexual

    De ahora en adelante, los delitos sexuales serán castigados desde multas hasta con 15 años de cárcel con un sistema progresivo y proporcional de penas. Pero en cada delito puede haber agravantes.

    Los delitos de agresión sexual donde no haya penetración se castigarán entre 1 y 4 años de prisión (actualmente van de 1 a 5) y en los que hay penetración la horquilla será de 4 a 12 años (en la actualidad van de los 6 a los 12). También se contempla un tipo atenuado con penas que va desde un año de prisión a multas que pueden ir de 12 a 24 meses.

    Los motivos que agravan las penas son otra de las novedades de la ley. Entre ellos se incluye el hecho de que la agresión sea grupal, que se ejerza violencia o daño grave a la víctima, que esta sea de especial vulnerabilidad, que se utilicen armas o medios peligrosos, que el agresor sea pareja de la víctima o tenga relación de parentesco y que en la agresión sexual se utilicen sustancias se sumisión química para anular la voluntad.

    En estos casos, las penas se pueden aumentar entre los dos y los ocho años si no hay penetración (en la actualidad es de cinco a diez), y de siete a 15 cuando haya penetración (ahora varía entre los 12 y los 15 años).

    El objetivo de la ley del ‘solo sí es sí’ es obtener un sistema de protección y atención similar al que ya existe para las víctimas de violencia de género. Para ello, las víctimas de violencias sexuales tendrán recursos a su disposición aunque no denuncien.

    Esta norma crea dos itinerarios de atención: uno para las mujeres que sufran agresiones sexuales y otro para niños y niñas víctimas. Además, se ponen en marcha centros de crisis de atención las 24 horas.

    Con objeto de evitar la revictimización, se desarrollan medidas procesales de acompañamiento a las víctimas, incluyendo la posibilidad de evitar contacto visual con el presunto agresor o de declarar en salas especiales.

    Protección especial para las niñas y niños

    La protección de las niñas y los niños que sufran violencia sexual se ha decidido tratarla desde la ley del ‘solo sí es sí’, en lugar de la ley de Infancia. Con ello, el Gobierno busca arroparles de manera amplia ante una «violencia devastadora».

    En el itinerario específico de atención a los menores víctimas, se incluye la creación de centros especializados formados por equipos multidisciplinares de profesionales.

    Además, se protegerá a las niñas y niños frente a agresiones online. Se estipulan penas de entre 1 a 3 años o multa de 12 a 24 meses para quienes a través de las nuevas tecnologías contacte con un menor de 16 años y le proponga concertar un encuentro con el fin de cometer actos de carácter sexual. Esta pena aumentará si el acercamiento se realiza coacción, intimidación o engaño.

    También se contemplan penas de entre 6 meses y 2 años a quienes contacten con un menor de 16 años en el entorno digital e intente embaucarle para que le facilite material pornográfico o le muestre imágenes pornográficas en las que se represente o aparezca un menor.

    El acoso callejero es delito

    Esta normal define el acoso callejero como el hecho de dirigirse a «otra persona con expresiones, comportamientos o proposiciones de carácter sexual que creen a la víctima una situación objetivamente humillante, hostil o intimidatoria, sin llegar a constituir otros delitos de mayor gravedad».

    Estos actos pasan a ser delito, si bien solo se perseguirán previa denuncia de la persona acosada o su representante legal. Serán castigados con trabajos en beneficio de la comunidad o con medidas de localización.

    Lucha contra el negocio de la prostitución

    Esta ley también contempla medidas para luchar o acabar con el negocio de la prostitución. Entre ellas, se encuentra la tercería locativa, que posibilita la persecución a los proxenetas que, de manera habitual y con ánimo de lucro, destinen cualquier establecimiento o espacio público o privado para la explotación sexual de terceras personas. De este modo, se sancionará el uso de pisos e instalaciones que se utilicen para la explotación sexual.

    Persecución de todas las violencias contra la mujer

    La norma recoge todas las violencias ejercidas contra las mujeres por el mero hecho de serlo. Así, incluye la mutilacio?n genital femenina, el matrimonio forzado, el acoso con connotacio?n sexual y la trata con fines de explotacio?n sexual.

    Además, esta ley también sanciona las violencias sexuales ejercidas en el entorno digital, como la difusión de actos de violencia sexual a través de los medios tecnológicos, la pornografía no consentida o la extorsión sexual.

    También contempla la protección y el resarcimiento de todas las mujeres, niños y niñas víctimas de violencia sexual, independientemente de su situación administrativa, su etnia o su nacionalidad, así como a las víctimas de trata con fines de explotación sexual.

    Énfasis en la educación

    La ley del ‘solo sí es sí’ estipula que el sistema educativo incluya contenidos sobre educacio?n sexual e igualdad de ge?nero y educacio?n afectivo-sexual para los alumnos de todos los niveles educativos y que estén adaptados a su edad.

    Con ello se busca la prevención y sensibilización hacia la violencia sexual a través de la educación. Asimismo, en las distintas etapas educativas no universitarias deberá constar la formación sobre el uso adecuado de las nuevas tecnologi?as con el objetivo de prevenir las violencias sexuales y proteger la privacidad en este tipo de delitos.

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