Betancuria abre el plazo para la presentación de solicitudes y de la documentación correspondiente, a las Ayudas de Material Escolar para el curso 2024-2025, para aquellas personas que quieran solicitar la ayuda a familias con menores a cargo para la adquisición de material escolar y material didáctico complementario para los estudiantes que cursen estudios de Educación Infantil, Educación Primaria, E.S.O., Bachillerato y Ciclo Formativos de Grado Medio, y que se encuentren empadronadas y tengan residencia en el municipio de Betancuria.
Documentación a presentar:
a. Solicitud conforme al modelo oficial establecido (Anexo I), suscrita por la persona interesada o por quien ostente la representación legal.
b. Original y fotocopia del D.N.I./N.I.E. del/ de la solicitante y en su caso de su representante, o cualquier otro documento acreditativo de su identidad, así como el de los demás miembros de la unidad económica de convivencia con obligación de tenerlo o, en su defecto, resguardo de haberlo solicitado.
En el supuesto de extranjeros documento acreditativo sobre situación de residencia, asilo o refugio en vigor. Los extranjeros y emigrantes retornados presentar original y copia completa del pasaporte.
c. Certificado de Empadronamiento en el que figuren todas las personas empadronadas en el domicilio, Hoja Padronal, con fechas de altas y bajas, si las hubiera, y convivencia, que indique que lleva residiendo en el municipio, al menos, el año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.
d. Original y Fotocopia del Libro de Familia
e. Justificante de los movimientos bancarios de los últimos 3 meses de todos los miembros de la unidad económica de convivencia.
f. Justificante de los ingresos económicos de cada uno de los miembros de la unidad económica de convivencia en los siguientes términos:
- Pensionistas: documento acreditativo de la pensión que recibe emitido por el órgano competente (no se admitirán impresos de entidades bancarias).
- Trabajadores por cuenta ajena: certificado de haberes de empresa o las dos últimas hojas de salario y contrato laboral. Declaración responsable de ingresos económicos.
- Trabajadores autónomos: última liquidación trimestral del I.R.P.F. y/ o último boletín de cotización a la Seguridad Social y declaración de responsabilidad de los ingresos mensuales que percibe.
- Desempleados: Documento acreditativo de hallarse inscrito a en la Oficina de Empleo como
demandante de empleo; Certificado de Prestaciones. - Estudiantes mayores de 16 años: original y fotocopia de la matrícula del curso o certificado de estudios.
- Requisitos:
- Para ser beneficiarios de las ayudas económicas reguladas en los presentes Criterios Generales, las personas interesadas deben cumplir con los siguientes requisitos, sin perjuicio de las particularidades previstas en la regulación específica de cada ayuda:
- a. Tener nacionalidad española o tener ciudadanía de cualquiera de los estados miembros de la Unión Europea, así como personas refugiadas, asiladas apátridas, y extranjeras residentes o transeúntes que cumplan con los requisitos que establece la presente ordenanza, en los términos que autoricen las normas legales y reglamentarias y los convenios internacionales firmados por España.
Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes COMENZARÁ EL 9 DE SEPTIEMBRE Y FINALIZARÁ EL 4 DE OCTUBRE DEL 2024.
- Cuantía de la prestación
El importe máximo de las ayudas que se concederán será el siguiente:
- De 120,00 euros para Educación Infantil y Primaria.
- De 200,00 euros para la E.S.O., Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio.