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Bases para la concesión de subvenciones a grupos del carnaval de Puerto del Rosario

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Bases para la concesión de subvenciones a grupos del carnaval de Puerto del Rosario. El Ayuntamiento de Puerto del Rosario, a través de la Concejalía de Festejos que dirige en funciones David Perdomo, aprobó en Junta de Gobierno Local las Bases para la convocatoria 2023 de subvención a entidades sin ánimo de lucro que realicen actividades relacionadas con el Carnaval de Puerto del Rosario.

Este miércoles, 7 de junio de 2023, el Boletín Oficial de La Provincia de Las Palmas (BOP) número 69, publica la convocatoria de subvención que tiene por objeto fomentar la participación ciudadana mediante actividades que impulsen, complementen o desarrollen los eventos municipales de carácter carnavalero y colaborar con las asociaciones que han realizado gastos económicos en previsión de las fiestas en colaboración con el Ayuntamiento de Puerto del Rosario.

El alcalde capitalino en funciones, Juan Jiménez, reconoce “el papel relevante de grupos como murgas y comparsas que pasan buena parte del año preparando un carnaval que cada año es más espectacular. Su esfuerzo merece que desde las instituciones se les dé un impulso y esta subvención viene a aliviar los gastos económicos a los que deben hacer frente estas entidades sin ánimo de lucro”. 

Por su parte, David Perdomo añadió que “las personas y entidades sin ánimo de lucro que ponen en marcha acciones durante el período de Carnaval son clave para el desarrollo de una fiesta que es principal promotora en el municipio de la cultura y la participación ciudadana”.

Bases para la concesión de subvenciones a grupos del carnaval de Puerto del Rosario. Las entidades sin ánimo de lucro que quieran acceder a esta subvención podrán encontrar el modelo de solicitud y las bases reguladoras en la Agencia de Desarrollo Local sita en la calle Tenerife nº 37, así como en la página web del Ayuntamiento de Puerto del Rosario.

Las solicitudes  se podrán presentar, preferiblemente a través de la sede electrónica municipal, en un plazo de 10 días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOP.

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