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Voz directa a los ciudadanos en el Pleno del Cabildo

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Voz directa a los ciudadanos en el Pleno del Cabildo. La máxima institución insular ha puesto en funcionamiento el mecanismo e participación de ciudadanos y ciudadanas en los plenos de la Corporación, recogido en el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana de reciente aprobación.

En la sesión ordinaria celebrada este viernes, día 30 de julio, un ciudadano hizo uso, por primera vez, de esta herramienta, con el objetivo de abordar diferentes asuntos referentes a la intervención de la sociedad en la toma de decisiones de las administraciones.

A raíz de las intervenciones en Pleno, los grupos políticos con representación en la Corporación insular acordaron crear mesas participativas para abordar la puesta en marcha de asuntos relativos a la participación ciudadana.

El presidente del Cabildo, Sergio Lloret, agradeció el interés, iniciativa y exposición del ciudadano y añadió que se trabajará de manera coordinada en ese proceso para que la participación ciudadana sea efectiva.

Por su parte, el consejero insular, Jonathan Gil, se comprometió a «convocar una comisión de transparencia y participación ciudadana en la que estén representadas todas las fuerzas políticas para continuar afianzando el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana».

Ahora que ya se ha dado voz directa a los ciudadanos en el Pleno del Cabildo, las personas interesadas en acceder al Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana pueden hacerlo a través de la sección Atención al ciudadano/Información Pública de la web cabildofuer.es

Pleno Cabildo de Fuerteventura
Pleno Cabildo de Fuerteventura

Cómo y quién puede participar

El artículo 20 del citado reglamento recoge el ejercicio del derecho a participar en las sesiones del Pleno. Todas las personas empadronadas en Fuerteventura, mayores de dieciséis años, tienen derecho a intervenir en las sesiones ordinarias o extraordinarias del Pleno de la Corporación.

En el caso de que el asunto objeto de la intervención esté directamente relacionado con asuntos reflejados en el Orden del Día de la sesión, la intervención debe ser solicitada por escrito al menos 24 horas antes de la hora fijada para la celebración. Si el asunto objeto de la intervención no guarda relación con los incluidos en el Orden del Día, tendrá que ser solicitada al menos 10 días antes de la celebración.

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