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    Se condenan los actos vandálicos contra el patrimonio vegetal

    Publicada el

    El Ayuntamiento de Puerto del Rosario, desde la Concejalía de Parques y Zonas Verdes que dirige Lilian Concepción, condena los actos vandálicos acontecidos durante la semana pasada en el municipio capitalino contra el patrimonio vegetal tras la poda, llevada a cabo por personas ajenas al servicio de mantenimiento y personal municipal, de varias especies de palmera canaria (Phoenix canariensis), declaradas protegidas, en la zona alta del barrio Fabelo, concretamente las situadas en la calle León y Castillo número 169.

    En la actualidad, se investiga la autoría de este atentado ambiental ya que, según el art. 2 c) de la Orden del 29 de octubre de 2007, “las personas que realicen podas y otras prácticas culturales en palmeras, en el ámbito de la Comunidad Autónoma Canaria, deberán estar acreditados por parte de la Dirección General de Agricultura para realizar dichos trabajos”. En este caso, dichas actuaciones no habían sido realizadas por parte de la empresa adjudicataria del contrato de mantenimiento y cuidado de estas especies ni por ninguna persona autorizada para tal fin.

    Desde la Concejalía de Parques y Zonas Verdes se recuerda que ‘el incumplimiento de las medidas fitosanitarias realizadas por especialistas conlleva una sanción administrativa con multas comprendidas de entre 3.000 a 120.000 euros aproximadamente, dependiendo de la irreversibilidad del daño o deterioro producido en la calidad del bien protegido como es esta especie’, según la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal.

    Asimismo y en lo que respecta a la normativa municipal, concretamente la Ordenanza municipal de Medio Ambiente de Puerto del Rosario, en el art.52 comporta una falta grave ‘arrancar las plantas, entre las que se incluye esta especie de palmera canaria, así como cortar o arrancar ramas, hojas o flores, gravar o cortar la corteza, arrojar toda clase de líquidos, aunque no sean perjudiciales para la jardinería o tirarles escombros o residuos’, calificadas dichas faltas, según el art. 50 de dicha Ordenanza, con multa de entre 600 y hasta 1.200 euros.

    Se recuerda que para ejecutar cualquier acción de tala o poda sobre las palmeras es necesario pedir la correspondiente autorización al Cabildo de Fuerteventura, conforme al Anuncio 5.620 de la Consejería de Medio Ambiente, Caza, Seguridad y Emergencias. El incumplimiento de este último punto conlleva una sanción que, según el art.39 de la Ley 4/1998, de 27 de marzo, de Conservación de Espacios Naturales, Flora y Fauna y dependiendo de la gravedad de la acción, puede oscilar entre los 60 euros para infracciones leves y de hasta 300.506 euros para infracciones muy graves.

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