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    Los menores de seis años ya no están obligados a hacerse una prueba de Covid para entrar a España

    Publicada el

    Según publica CIVIO, El Boe Nuestro de Cada Día, el BOE de hoy recoge una resolución que incluye tres cambios en los tests de entrada al país para países provenientes de zonas de riesgo (al final de este artículo), obligatorios desde el 23 de noviembre en los accesos en barco o avión -no afecta a aquellos que lleguen por carretera o tren.
    La primera novedad es que exceptúa a los menores de seis años. Esto significa que, hasta que hayan cumplido esa edad, no están obligados a contar con una prueba negativa realizada las 72 horas antes de entrar a España. Sí aquellos con seis años ya cumplidos y en adelante. Así, aplica los mismos umbrales que para el uso de mascarilla, que tampoco es obligatoria para menores de seis años.

    Hasta ahora, las autoridades permitían que el certificado de haberse realizado ese test estuviera en español o inglés. La última novedad publicada hoy es que ahora, además, se permite que esté en francés o alemán.

    Así queda la cosa

    Los pasajeros que entren en España, independientemente de su nacionalidad y vengan de donde vengan, tendrán que pasar el triple control en marcha desde julio (temperatura inferior a 37,5, revisión visual de síntomas y presentación de un formulario de control sanitario). Este documento se debe rellenar online y presentar el código QR generado en el acceso, aunque se sigue permitiendo llevarlo en papel. Este control general solo se realizará a pasajeros cuyo destino final sea España, no aquellos en tránsito. Y se llevará a cabo en el primer aeropuerto o puerto español que les reciba, independientemente de que luego viajen a otros lugares.
    Pero, en el caso de los viajeros viajen desde países de riesgo -excepto quienes tengan menos de seis años-, además, deberán contar con un documento, ya sea en papel o digital, en español, inglés, francés o alemán, que certifique que se han hecho la prueba y ha dado negativa. Además de los datos del pasajero, deberá contener el tipo de test, el resultado y los datos de contacto del laboratorio.
    También se podrá pedir a los pasajeros que se realicen otra prueba PCR o TMA a las 48 horas de su llegada, si se considera necesario, y que informen del resultado a las autoridades sanitarias.
    Y, ¿qué pasa si no se han hecho la prueba? Se les realizará una a su llegada (en ese caso no aclara que tenga que ser PCR o TMA, así que se permitirían la de antígenos). También se podrá someter a estos tests a viajeros de cualquier país que presenten síntomas. Si se detecta algún positivo, se pondrá en marcha el protocolo de la comunidad autónoma para contagios.
    La resolución que entró en vigor el 23 de noviembre sanciones en caso de incumplimiento: las que recoge la Ley de Salud Pública: de hasta 3.000 euros en el caso de las leves y de hasta 600.000 en el de las muy graves. Aunque no está especificado en el texto legal, desde Exteriores aseguran que quienes entren sin PCR negativa y se tengan que hacer una en el aeropuerto se enfrentarán a una sanción (no han aclarado de cuánto); y que se podrá denegar la entrada a pasajeros de países no europeos si no se cumplen estas obligaciones.
    Las agencias de viajes y compañías aéreas y marítimas deberán informar a los pasajeros que viajen a España de todas estas obligaciones. Además, y esto es una novedad importante, **las aerolíneas y navieras deberán comprobar antes del embarque que los pasajeros cuentan con todos los documentos necesarios.
    La lista de países declarados zonas de riesgo se ha elaborado teniendo en cuenta dos criterios. Para los europeos, son de riesgo aquellos que estén en rojo (nivel alto) o gris (faltan datos o se hacen pocas pruebas) en el mapa del Centro Europeo para el control y la prevención de enfermedades (ECDC, en sus siglas en inglés), que combina varios indicadores. Para el resto de países del mundo, aquellos con una incidencia acumulada en 14 días de más de 150 casos por 100.000 habitantes. El Ministerio de Sanidad aseguró que revisará cada 15 días esta lista y publicará los cambios en su página web.

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