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Luz verde a la prórroga de los ERTE hasta el 31 de mayo

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El Consejo de Ministros aprobó hoy en el decreto de prórroga de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) que, gracias a las nuevas tecnologías, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social pueda emitir actas de infracción automatizadas sin intervención directa de sus funcionarios y preservando las garantías jurídicas, fuentes del Ejecutivo. Asimismo, en el Real Decreto que se prevé aprobar hoy para prorrogar los ERTE hasta el 31 de mayo, se recoge que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) garantizará el acceso a toda su oferta de trámites y servicios a través de su sede electrónica.
También apunta que los artistas de espectáculos públicos podrán seguir percibiendo las prestaciones por desempleo en los términos vigentes. Por otro lado, establecerá que las entidades de la Economía Social podrán mantener sus reuniones por vía telemática y votar por escrito durante 2021, aunque esta posibilidad no constase en sus estatutos. Además, se flexibilizarán los requisitos para que los jóvenes en ERTE puedan adscribirse al Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
En el Real Decreto también plantea la prórroga del Plan MECUIDA para que las personas trabajadoras puedan flexibilizar su jornada para ejercer los cuidados de personas dependientes. El programa está dirigido a las personas trabajadoras por cuenta ajena que necesiten adaptar su jornada laboral cuando concurran circunstancias excepcionales relacionadas con las actuaciones necesarias para evitar la transmisión comunitaria de la COVID-19.
Por otro lado, el Consejo de Ministros aproba la prórroga de los contratos de alquiler y los aplazamientos o reestructuraciones de deuda, para arrendatarios de grandes tenedores de vivienda hasta el final del estado de alarma (9 de mayo), en virtud del acuerdo alcanzado entre Unidas Podemos y PSOE en el seno de la coalición. También hay acuerdo para aprobar próximamente las prórrogas hasta el fin del estado de alarma de las moratorias hipotecarias y los préstamos al consumo.
La prórroga de los contratos de alquiler podrá aplicarse, previa solicitud del arrendatario, por un periodo máximo de seis meses, durante los cuales se seguirán aplicando los términos y condiciones establecidos para el contrato en vigor. Esta medida solventa la “anomalía transitoria” de aquel inquilino que ve finalizado su contrato de arrendamiento y en un contexto de movilidad condicionada o reducida, y de actividad y rentas arrendaticias en el sector del alquiler afectadas por la crisis, debiera buscar activamente otra vivienda para arrendar.

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