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    El PP presenta sus alegaciones contra la ubicación del proyecto Dreamland

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    El Grupo del PP en el Cabildo de Fuerteventura ha presentado un total de 11 alegaciones a la declaración de interés insular del proyecto denominado “Dreamland Studios” aprobada a finales del pasado año mediante los votos del PSOE, Podemos, AMF, la consejera no adscrita y el voto de calidad del presidente del Cabildo.

    “La enmienda presentada por el PP y que todos los partidos que votaron sí a la Declaración de Interés rechazaron, está más vigente que nunca: dijimos sí al proyecto y no a la ubicación. Llegan tarde y por puro interés electoral y lo único que esperamos es que el periodo de enmiendas y los informes de los distintos órganos eviten que este proyecto se instale en la ubicación prevista inicialmente por el promotor, cerca de las Dunas de Corralejo”, asegura la candidata a la presidencia del Cabildo de Fuerteventura, Jessica de León.

    La primera de las alegaciones planteadas por el Partido Popular tiene que ver con el propio procedimiento, ya que según artículo 34 Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, es el promotor y no el Cabildo el que tiene que solicitar al Órgano Ambiental que elabore un documento de alcance del estudio de impacto ambiental del proyecto; al contrario de lo que ocurre en la realidad, ya que ha sido una Providencia dictada por el presidente del Cabildo el 1 de febrero de 2022 la que da lugar al Órgano Ambiental para que elabore dicho informe. Las conclusiones de este informe se remiten al promotor el 14 de junio de 2022, quien las entiende como un requerimiento de subsanación al Estudio de Impacto Ambiental.

    Según explica la consejera y candidata del PP al Cabildo de Fuerteventura, Jessica de León, “entendemos que el procedimiento llevado a cabo por el presidente Sergio Lloret podría dar lugar a la declaración de nulidad ya que apreciamos la vulneración de los artículos 127, 128 b) y d) de la Ley del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias y del artículo 34 de Ley de Evaluación Ambiental”.

    Además, acerca del estudio de alternativas, el Grupo Popular en el Cabildo de Fuerteventura detecta que el promotor elimina sin justificación toda posibilidad de buscar cualquier otro suelo que no sea rústico y, por tanto, no respeta la voluntad expresa del legislador que destaca ante todo la excepcionalidad como principio en un cambio de uso del suelo rústico (artículo 62 de la Ley del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias).

    Además, el artículo 123 de la Ley del Suelo señala que ese cambio se hará “cuando se trate de atender necesidades sobrevenidas o actuaciones urgentes. Estas circunstancias deberán estar justificadas debidamente en el expediente”. Es decir, “no solamente se debe justificar qué necesidad sobrevenida o urgente se trata de atender”, señala de León, “sino que se tiene que justificar por qué todas las alternativas están ubicadas en suelos únicamente rústicos para el desarrollo del proyecto, explicación que chocaría de frente con el artículo 62 de dicha ley”.

    Sobre la justificación de la necesidad sobrevenida, el Partido Popular entiende que no existe necesidad sobrevenida pues la principal fuente de ingresos del proyecto “Dreamland Studios” es el turismo y se cataloga como una actividad enmarcada como “Parque Temático”. De hecho, en su estudio de viabilidad económica, los promotores prevén unos ingresos máximos en el último periodo provenientes del turismo a través entradas al PARQUE TEMÁTICO, por importe de 18.33.177,57 euros; los ingresos por la producción audiovisual serán únicamente de 3.184.750,00 euros.

    “Por lo tanto”, señala de León, “no se trata solo de una ciudad del cine, sino que esta se encuentra dentro de un proyecto que incluye actividades de ocio turístico como locales comerciales, anfiteatro, un restaurante de 2.000 metros cuadrados, cines o miradores, entre otros”.

    En la adecuación del proyecto al Plan Insular de Ordenación de Fuerteventura (PIOF) y al Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del Parque Natural de Corralejo también centró una de las 11 alegaciones presentadas por el PP. El PIOF señala expresamente que “el suelo adscrito a esta zona que linde con los Parques Naturales de Corralejo y Jandía se deberá establecer una franja de protección, a regular por el Plan Rector de Uso y Gestión correspondiente a estos Espacios Naturales protegidos, en la que no se podrá efectuar ningún tipo de alteración de su estado actual hasta la entrada en vigor de dicho PRUG y entonces se podrá actuar de conformidad con este”. El PRUG determina en sus conclusiones en sus conclusiones “que se debe preservar la percepción paisajística del Parque Natural en todo su entorno, haciendo especial hincapié en las zonas catalogadas como rústico común”, señala Jessica de León. “No nos olvidemos que la naturaleza de una normativa como el PRUG es la de hacer prevalecer las determinaciones de carácter ambiental sobre las estrictamente territoriales y urbanísticas”.

    Otras alegaciones presentadas por el Partido Popular tienen que ver con la excepcionalidad del uso del suelo rústico, el carácter aislado de la actuación o sobre la urbanización del complejo, que el promotor pretende ejecutar por la servidumbre de carretera, contradiciendo el artículo 31.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, que señala que “En la zona de servidumbre no podrán realizarse obras o instalaciones ni se permitirán más usos que aquellos que sean compatibles con la seguridad viaria y la adecuada explotación de la vía, previa autorización, en cualquier caso, del Ministerio de Fomento, y sin perjuicio de otras competencias concurrentes”.

    En la afección a la Reserva de la Biosfera de Fuerteventura se centra otra de las alegaciones presentadas por el PP, ya que el proyecto Dreamland no obedece a ninguno de los parámetros de conservación que promulga la Reserva de la Biosfera: el proyecto en cuestión se enclava concretamente en una zona tampón que se reserva para amortiguar los efectos de las acciones humanas sobre las zonas núcleo (el Parque Natural Dunas de Corralejo) y contienen especies de flora y fauna de valor especial.

    Los populares también hacen alegaciones por afectar a la Reserva Starlight de Fuerteventura; a los valores ambientales del suelo, ya que se ven afectadas al menos una treintena de especies (tres de ellas en peligro de extinción), según un informe de SEO/BirdLife; y a los efectos en el paisaje.

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