El cribado a pasajeros nacionales que lleguen a Canarias se prorroga hasta el 15 de marzo. La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias prorroga un mes más esta medida para las personas que lleguen por vía aérea o marítima a Canarias.
Con esta orden la Consejería regional pretende controlar y contener los casos importados de coronavirus en viajeros procedentes de otros puntos del territorio nacional, mientras se impulsa la vacunación contra la COVID-19.
Así, las personas que lleguen a Canarias desde otra Comunidad Autónoma española deberán presentar el certificado vacunal contra la COVID-19, una prueba diagnóstica de infección activa negativa o el certificado de haber pasado la enfermedad con menos de seis meses de antelación a la fecha del desplazamiento.
Entre el 1 de diciembre y ayer lunes, 14 de febrero, un total de 777.188 pasajeros entraron en Canarias procedentes del territorio nacional, de los que el 99% lo hicieron acreditando alguna de las condiciones recogidas en la norma.
Esta normativa contempla la exclusión de la realización de cribados mediante pruebas diagnósticas de infección activa (PDIA) a los pasajeros menores de 12 años y tres meses que entren en Canarias procedentes del resto del territorio nacional, por vía aérea o marítima, para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
En el supuesto excepcional de que una persona no se hubiera realizado la PDIA en origen, se le realizará en la terminal de llegada; y quienes se nieguen a su realización deberán guardar aislamiento en su residencia durante 10 días, sin perjuicio de las medidas sancionadoras que se pudieran tomar.
Supuestos de exclusión de realización de la PDIA
El cribado a pasajeros nacionales que lleguen a Canarias se prorroga hasta el 15 de marzo. Sin embargo, no se exigirá la presentación de PDIA negativa en el momento de la entrada a Canarias en los siguientes casos, además de a los menores de 12 años y tres meses:
- Personas que acrediten estar vacunadas contra la COVID-19 con la pauta completa de vacunación con un mínimo de 14 días previos a su llegada al Archipiélago.
- Personas que acrediten haber pasado la enfermedad con menos de 6 meses de antelación a la fecha del desplazamiento y con un mínimo de 11 días desde el resultado positivo de la primera prueba diagnóstica.
- Personas en tránsito a través del territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, es decir, aquellas que hagan escala en Canarias cuyo destino final sea otro país u otro lugar del territorio nacional.
- Personas que acrediten haber estado fuera de la Comunidad Autónoma de Canarias por un plazo inferior a 72 horas previas a la llegada, con independencia de su lugar de residencia.